Los delitos más comunes contra el patrimonio son el hurto, el robo, la estafa, las defraudaciones, la apropiación indebida, el alzamiento de bienes o daños a los bienes (ya sean éstos dolosos o los cometidos por imprudencia grave).

Conductas cuyo objetivo es el ánimo de lucro utilizando el engaño para producir un error a través del cual, se induce a una persona a realizar actos de carácter económico en perjuicio/daño propio.
Se incluyen en este delito las acciones cometidas mediante manipulación informática, operaciones con tarjetas bancarias, u operaciones con los datos personales de la víctima, ocasionando daño a la misma.
Comete delito de robo quién, con ánimo de lucro, se apodera de bienes ajenos con el fin de hacerlos propios.
Para la realización de este delito, es necesario cometerlo mediante fuerza o bien ejerciendo violencia o intimidación contra la víctima.
En caso de que no se ejerza fuerza ni se utilice violencia o intimidación, nos encontraríamos, posiblemente, ante un delito de hurto.
Este delito se comete bajo el descuido del propietario del bien, pero siempre con el trasfondo de obtener un enriquecimiento económico o patrimonial por parte de la persona que lo comete.
Tiene una pena menor que el robo, y hay que tener en consideración la cuantía de lo sustraído. En caso de que la misma no exceda de 400 euros, la pena también disminuirá.
El delito de apropiación indebida se comete cuando una persona se adueña de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa que le ha sido confiada de forma legítima con la obligación de devolverlo, causando un perjuicio patrimonial a su legítimo propietario.
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