LIQUIDACIÓN DE GANANCIALES

La liquidación de gananciales es el reparto por la mitad del patrimonio que los cónyuges hayan adquirido durante el matrimonio o hasta el cambio de régimen económico matrimonial (cuando este tiene lugar antes del divorcio). 

 

En los procedimientos de divorcio, momentos de un importante conflicto personal, la mayoría de las veces no se presta atención a la liquidación de la sociedad de gananciales, dejándose para momentos posteriores, y esto puede ser contraproducente.

 

Con el paso del tiempo, el distanciamiento y el deterioro de las relaciones personales acaban afectando al patrimonio de los excónyuges.

 

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Para poder proceder a la liquidación de gananciales se han de realizar una serie de operaciones con el fin de determinar si existen bienes gananciales. Si hay bienes gananciales, se repartirán por mitad entre los cónyuges después de aplicar las deducciones y reintegros de los bienes privativos.  

 

Somos expertos en la liquidación de gananciales. Procedimiento que consiste en la realización de todas aquellas operaciones particionales que sean pertinentes para dividir el patrimonio común de los cónyuges.

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EJECUCIÓN DE SENTENCIAS

El art. 118 de la Constitución Española,  determina que es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales.

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Una herencia es aquella masa patrimonial (bienes, derechos y obligaciones) que adquiere una persona debido a la muerte de su anterior propietario.

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Los expedientes de jurisdicción voluntaria más relevantes en derecho de familia son los que regulan las medidas del artículo 156 y del artículo 158 del código civil.

DESAHUCIOS

Un desahucio es un procedimiento judicial a través del cual el propietario de un inmueble ejercita su derecho para recuperar la posesión de su propiedad

DIVORCIOS Y SEPARACIONES

Sabemos que los divorcios y/o las separaciones son temas delicados y, por ello, tratamos los conflictos familiares con la atención que se merecen.

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